Inspección reglamentaria de instalaciones eléctricas de Baja Tensión
Inspección, ensayo y calibración reglamentaria de Instalaciones Eléctricas
El Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (RBET), aprobado por el R.D. 842/2002, del 2 de agosto, prescribe la obligatoriedad de realizar ciertas inspecciones técnicas en las instalaciones eléctricas de baja tensión por un Organismo de Control (OCA) en:
- Alumbrado exterior con más de 5 kW de potencia.
- Cualquier actividad Industrial con más de 100 kW de potencia instalada
- Garajes para más de 25 vehículos.
- Locales de pública concurrencia.
- Locales con riesgo de incendio o explosión clase I.
- Locales mojados como piscinas con más de 10 kW de potencia instalada.
- Quirófanos.
- Zonas comunes de edificios de viviendas de con más de 100 kW de potencia.
- Otros.
Se realizarán antes de la puesta en servicio de las instalaciones a todas las instalaciones anteriores, a excepción de las zonas comunes de edificios de viviendas.
El objetivo es garantizar por una tercera parte independiente de empresas constructoras o instaladoras, que las instalaciones eléctricas puestas a disposición de los usuarios cumplen las exigencias de seguridad mínimas exigidas por el citado Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT) en el momento de ser entregadas a los mismos. Dichas inspecciones iniciales deben ser realizadas por Organismos de Control (OCA) autorizados para la aplicación de este reglamento.
Se realizarán inspecciones periódicas por un Organismo de Control (OCA) al menos cada 5 años para todas las instalaciones anteriormente descritas. En el caso de las zonas comunes de edificios destinados a viviendas cuya periodicidad será cada 10 años a excepción de su garaje, piscina comunitaria o alumbrado exterior por encima de la potencia indicada que deberá realizarse también cada 5 años.
Los controles que lleva a cabo TÜV SÜD ATISAE durante las inspecciones tienen que ver principalmente con la adecuación de los materiales y dispositivos instalados, así como la correcta ejecución de las protecciones para las personas, animales y los bienes:
- puestas a tierra,
- interruptores diferenciales,
- interruptores magnetotérmicos,
- protección contra contactos directos,
- etc.
Se realizarán antes de la puesta en servicio de las instalaciones a todas las instalaciones anteriores, a excepción de las zonas comunes de edificios de viviendas.
El objetivo es garantizar por una tercera parte independiente de empresas constructoras o instaladoras, que las instalaciones eléctricas puestas a disposición de los usuarios cumplen las exigencias de seguridad mínimas exigidas por el citado Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT) en el momento de ser entregadas a los mismos. Dichas inspecciones iniciales deben ser realizadas por Organismos de Control (OCA) autorizados para la aplicación de este reglamento.
Se realizarán inspecciones periódicas por un Organismo de Control (OCA) al menos cada 5 años para todas las instalaciones anteriormente descritas. En el caso de las zonas comunes de edificios destinados a viviendas cuya periodicidad será cada 10 años a excepción de su garaje, piscina comunitaria o alumbrado exterior por encima de la potencia indicada que deberá realizarse también cada 5 años.
Los controles que lleva a cabo TÜV SÜD ATISAE durante las inspecciones tienen que ver principalmente con la adecuación de los materiales y dispositivos instalados, así como la correcta ejecución de las protecciones para las personas, animales y los bienes:
- puestas a tierra,
- interruptores diferenciales,
- interruptores magnetotérmicos,
- protección contra contactos directos,
- etc.
Sus ventajas
- En TÜV SÜD ATISAE llevamos más de 50 años velando por la seguridad industrial, lo cual nos consolida como entidad de referencia en España. A su vez aplicamos los más altos estándares de calidad que el Grupo TÜV SÜD tiene implantados a nivel mundial.
- El servicio que ofrece TÜV SÜD ATISAE, como Organismo de Control (OCA), tiene el objetivo de garantizar, en su inspección, como tercera parte independiente de empresas constructora, mantenedoras o instaladoras, que las instalaciones de alumbrado cumplen los requisitos de eficiencia energética exigidos por el mencionado Reglamento, comprobando que las mismas mantienen los estándares tras la sustitución de lámparas con el paso del tiempo.
- La amplia gama de nuestros campos de acreditación, así como nuestro exclusivo software web GIR nos permite ofrecerle una solución integral a sus necesidades, evitando a nuestros clientes requerir diferentes Organismos con diferentes criterios y procesos para gestionar sus instalaciones.
- La aplicación por parte de los técnicos de las normas específicas que regulan los servicios solicitados por los clientes de TÜV SÜD ATISAE requiere un exhaustivo y dinámico conocimiento de dichos reglamentos por parte de éstos. Para ello, nuestra empresa cuenta con una amplia plantilla de expertos con una contrastada trayectoria profesional, sometidos a una estricta formación continua de actualización de conocimientos conforme al avance de la técnica, e intercambio de conocimiento entre las 800 oficinas que TÜV SÜD dispone en todo el mundo.